La observación actual de las relaciones sociales permite advertir, en primer lugar, su creciente conflictividad, y, en segundo lugar, la necesidad de enseñar a los ciudadanos a atender a la solución de los mismos, antes que fomentar su constante recurso a los órganos judiciales. Así se expresa el Libro Verde de la UE (COM 2002/196) sobre modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del derecho civil. El Congreso profundizará en esta línea. En una sociedad moderna, tan expuesta al conflicto, se reclama el apoyo para el estudio de instrumentos modernos y eficaces que puedan desactivarlo. Se analizará, de forma multidisciplinar, la mediación como herramienta útil y eficaz en la resolución extrajudicial de conflictos para poder descubrir toda su virtualidad práctica. En España la mediación parece estar actualmente focalizada respecto a los conflictos familiares y escolares (contamos ya con muchas leyes autonómicas de mediación familiar y reglamentos sobre mediación escolar). . Otros campos de aplicación como las relaciones de vecindad se encuentran aún en un desarrollo muy incipiente.
Sin embargo, se debe analizar y experimentar la aplicación de la mediación en otros campos como el de consumo, en los que también puede resultar igualmente idónea. El Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, introduce la novedad de contemplar de forma expresa la mediación en al ámbito del consumo. Efectivamente, la posibilidad de lograr el entendimiento de las partes y reflejarlo en un acuerdo común en el que son los propios implicados los que encuentran y asumen la solución a sus problemas resulta idónea dentro del ámbito comercial y de los consumidores. La ventaja no sólo consiste en evitar largos, costosos y, en ocasiones, imprevisibles procesos judiciales. También se genera la confianza y tranquilidad suficientes como para fidelizar a clientes o usuarios satisfechos con el máximo respeto y protección de sus derechos. Se dinamiza el mercado y se ofrece seguridad.
En el Congreso se profundizará, desde una perspectiva comparada, sobre la virtualidad práctica que la mediación puede alcanzar en un ámbito tan emergente como el del consumo y ODR (on line dispute resolution). El objetivo de asegurar un mejor acceso a la justicia, como parte de la política de la Unión Europea, encaminada a establecer un espacio de libertad, seguridad y justicia, debe abarcar el acceso a métodos tanto judiciales como extrajudiciales de resolución de litigios. Así lo contempla la DIRECTIVA 2008/52/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles. Dicha Directiva, habrá de incorporarse al ordenamiento jurídico español antes del 21 de mayo de 2011, por lo que, entre las finalidades de este Congreso, se encuentra la de realizar un estudio comparado de otras legislaciones en las que la mediación está más avanzada, a fin de generar documentos que puedan servir de sustrato para futuras normativas en distintos ámbitos, como el de consumo o las ODR. Asimismo, se pretende demostrar el importante coste personal y económico que lleva aparejada la inadecuada gestión y resolución de los conflictos. Del diagnóstico que surja de dicho estudio, nacerán las propuestas de un modelo de intervención mediadora que ofrezca respuestas para minimizar la escalada de los conflictos, facilitando, así, su transformación en oportunidades de crecimiento personal e institucional. El abordaje del Congreso será teórico-práctico y lo más novedoso será la repercusión y la interrelación de diversos aspectos que podremos identificar como elementos comunes y, por tanto, predicables y aplicables a otros contextos.
En fin, se trata de facilitar el acceso del justiciable al sistema más idóneo para que resuelva su conflicto, sea éste o no extrajurisdiccional. El abrir nuevas puertas de acceso a la Justicia no es solo garantizar la tutela judicial efectiva contemplada en el artículo 24 de la Constitución española, sino una apuesta por la salud y el bienestar de los ciudadanos y por una sociedad más justa y pacífica. Nos encontramos plenamente inmersos en la Década Internacional para la Cultura de Paz, proclamada por las Naciones Unidas, en la que los Gobiernos del mundo tienen que establecer los elementos necesarios para potenciar, entre otras, la investigación para la paz, el fomento del diálogo y la no violencia como práctica generalizada en la resolución de los conflictos. Este Congreso nace con la idea de contribuir plenamente a esta Década, profundizando en el estudio de la nueva metodología mediadora, que tiene como objetivo final la implementación gradual de una cultura de paz que muchos creemos posible en una sociedad golpeada por los conflictos.
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